Abogado Aviles

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EL COORDINADOR PARENTAL

Dados los continuos conflictos que se producen entre los progenitores a la hora de dirimir los problemas que van surgiendo después del divorcio en relación con los hijos que tienen en común, los juzgados se están viendo totalmente desbordados. Los jueces se ven obligados a intervenir continuamente en pequeños desacuerdos que se llevan al juzgado y hay familias en las que existe un alto grado de conflictividad que no cesa. Este ambiente de tensión y disputas continuadas provoca alteraciones en el comportamiento de los menores, así como malestar emocional.

Con la intención de encontrar soluciones a este problema se habla mucho últimamente de una figura cuya implantación se pretende, que es el llamado COORDINADOR PARENTAL.

¿Quién es el coordinador parental y qué hace exactamente? Es una figura importada de Canadá y EEUU, donde surgió en los años noventa, que es nombrada por el juez con carácter temporal y actúa como un colaborador del juez para intervenir con las familias, mediando entre los progenitores y en ciertos casos con cierto poder de decisión. El coordinador parental, normalmente psicólogo o trabajador social, ayuda a las familias en las que hay conflictividad a adaptarse a la nueva situación familiar y a implantar las medidas acordadas en la sentencia de divorcio.

Esta figura es diferente a la del mediador. En nuestro país la mediación es voluntaria y ciertamente no está despuntando como debería, porque la gente es muy reacia a acudir a mediación. En el caso del coordinador parental es una figura impuesta por el juez como auxiliar suyo para ayudar a las familias a gestionar la ruptura y teniendo en cuenta que se trata de una obligación impuesta por el juzgador, las familias lo aceptan y parece que se están obteniendo buenos resultados.

En nuestro país esta figura no está regulada, si bien ha habido experiencias piloto en Valencia, Cataluña, Aragón, Madrid, etc y tiene amparo legal en la Ley 1/1996 de protección jurídica del menor, donde se recoge que el juez podrá designar un profesional que intervenga en supuestos conflictivos, todo ello con la intención de preservar el interés del menor.

Está claro que las medidas que tenemos actualmente para los casos de ejecución de sentencias en materia de familia (apercibimientos, multas, etc) no están sirviendo para solucionar los problemas que surgen y no resuelven el conflicto. Los propios jueces son reacios a la imposición de multas en estos casos y el progenitor que acude al juzgado por incumplimientos del otro progenitor ve que el juzgado no actúa en esos casos y el conflicto persiste.

Creo que puede ser una buena solución y su implantación me parece positiva. Al menos merece la pena intentarlo ¿qué pensáis vosotros?